Rafael Linares Sánchez
Arquitecto Técnico / Aparejador / Perito Judicial
Certificación Energética. Preguntas frecuentes.
¿Qué es la certificación de eficiencia energética de un edificio?
La certificación de eficiencia energética de un edificio es el proceso por el que se verifica la conformidad de la calificación energética obtenida con el edificio existente y que conduce a la expedición del certificado de eficiencia energética existente.
¿Qué edificios tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia energética?
Los edificios existentes que sean objeto de compraventa o de arrendamiento
¿Qué edificios no tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia energética?
– Las edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas.
– Edificios y monumentos protegidos oficialmente, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiesen alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.
– Edificios utilizados como para culto y actividades religiosas.
– Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o menor de dos años.
– Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.
– Edificios aislados con superficie menor de 50m2.
– Edificios de sencillez técnica y escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas.
– Edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por un tiempo inferior a cuatro meses.
¿Quién tiene la obligación de contratar la realización del certificado de eficiencia energética?
– El propietario del edificio completo
– El propietario de la vivienda
– El propietario del local
¿Cuando se debe informar sobre el certificado energético?
– La etiqueta de eficiencia energética debe incorporarse a toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o publicidad del edificio.
– Cuando el edificio existente sea objeto de contrato de compraventa, total o parcial, será puesto a disposición del adquiriente.
– Cuando el objeto del contrato sea el arrendamiento total o parcial del edificio existente, bastará con la simple exhibición y puesta a disposición del arrendatario una copia del certificado.
¿Quién puede realizar el certificado de eficiencia energética?
El propietario del edificio completo, vivienda o local destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente será el responsable de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética.
¿Qué validez tiene el certificado?
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez de diez años. El propietario podrá voluntariamente proceder a su actualización, cuando considere que existen variaciones en el edificio que pudieran modificar el
certificado de eficiencia energética.
¿Qué información debe contener el certificado?
El certificado de eficiencia energética debe contener como mínimo la siguiente información:
a) Identificación del edificio o, en su caso, la parte que se certifica.
(dirección, municipio, provincia, zona climática y referencia catastral).
b) Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética. Se incluirá la siguiente documentación:
– Descripción de las características energéticas del edificio y demás datos necesarios para obtener la calificación energética del edificio (instalaciones térmicas, envolvente térmica, y en el sector terciario, además instalaciones de iluminación y condiciones de funcionamiento y ocupación.
– Normativa vigente, sobre ahorro y eficiencia, en caso de existir, en el año de construcción.
– Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por técnico certificador.
c) Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.
Además de la clasificación global se incluyen las calificaciones parciales de: la calefacción, refrigeración, agua caliente sanitario y en el caso del sector terciario la iluminación.
d) Un documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas de ahorro energético, recomendadas por el técnico certificador.
Cuando la calificación es A o B en caso de acometer voluntariamente las recomendaciones la calificación subiría un nivel
Dos niveles en el caso que la calificación sea D, E, F, G.
En caso de sustituir las ventanas actuales por unas de doble acristalamiento, ¿Debería actualizar otro certificado de eficiencia energética?
El R.D. expone que el propietario, a su voluntad, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado. En este caso, posiblemente la calificación energética aumentaría en 1 ó 2 categorías por lo que, si realiza una actualización del certificado, su vivienda posiblemente se revalorizaría.
¿Qué se entiende por medidas pasivas de ahorro energético?
Son las medidas que disminuyen la demanda energética del edificio, tales como: Aumentar el aislamiento de la fachada, sustituir las ventanas por otras de doble acristalamiento, instalación de protecciones solares, etc.
¿Qué se entiende por medidas pasivas de ahorro energético?
Son las medidas que mejoran la eficiencia de los sistemas de calefacción, refrigeración o iluminación; tales como sustitución de la caldera por otra de condensación, utilización bomba de calor en los aparatos de refrigeración o instalar lámparas de bajo consumo.
¿El certificado lo tiene que realizar una empresa determinada?
La calificación energética del edificio lo puede hacer cualquier profesional que esté en posesión de la titulación necesaria para ello y es elegido libremente por la propiedad del edificio.
¿Cuánto cuesta el certificado de calificación de eficiencia energética?
Para una vivienda estándar el certificado de calificación de eficiencia energética tiene un coste, dependiendo de sus características, que oscila entre los 200-300€.
Por favor, no dudes en contactar si deseas solicitar información adicional. Solicite aquí presupuesto para la Certificación Energética de su vivienda.
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