Publicado decreto de habitabilidad
Nov 02 2012 · 0 comments · Habitabilidad, LegislaciónAprobado y publicado el nuevo decreto de habitabilidad, DECRET 141/2012 sobre condicions mínimes d’habitabilitat dels habitatges i la cèdula d’habitabilitat, mediante el cual el Gobierno regulará las nuevas condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas.
El 2 de noviembre de 2012, se ha publicado al DOGC el decreto que el Gobierno de la Generalitat de Cataluña aprobó el pasado 30 de octubre el decreto que regula las condiciones mínimas que tienen que reunir las viviendas, tanto de nueva construcción como preexistentes, con el objetivo de flexibilizar las exigencias de diseño y adecuarse a la nueva realidad socioeconómica. La norma modifica el decreto de 2009, que establecía importantes exigencias de sostenibilidad y de eco-eficiencia en la construcción, que se desarrollarán en una regulación posterior complementaria.
El nuevo decreto, impulsado por el Departamento de Territorio y Sostenibilidad a través de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, quiere flexibilizar las exigencias de diseño de las viviendas. La normativa anterior regulaba diferentes superficies mínimas según el número de habitaciones, mientras que a partir de ahora se aplicará el criterio de superficie mínima por sala de estar-comedor-cocina (SEMC). Será de un mínimo de 20 m2, con independencia del número de dormitorios.
Otra novedad es la voluntad de potenciar la rehabilitación estableciendo una regulación específica y un marco más flexible que la haga viable desde el punto de vista técnico y económico. El criterio de flexibilidad se dejará en manso del ayuntamiento en el momento de otorgar la licencia de obras.
El decreto también quiere evitar los supuestos de sobreocupación que prevé la Ley del derecho a la vivienda y dotar los entes locales de mecanismos más efectivos para luchar contra el infravivienda. Así, se abandona el criterio del número de personas en función de la superficie total de la vivienda (vigente hasta ahora), y se determina el umbral máximo de ocupación según el número y las dimensiones de los dormitorios:
– 1 persona por habitación: mínimo 5 m2
– 2 personas por habitación: mínimo 8 m2
– 3 personas por habitación: mínimo 12 m2
– 2 personas en viviendas sin habitaciones y únicamente con espacios de uso común.
Más información
DECRET 141/2012 sobre condicions mínimes d’habitabilitat dels habitatges i la cèdula d’habitabilitat.
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